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sábado, 25 de agosto de 2012

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió anular la elección de Presidente de la República

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió anular la elección de Presidente de la República en 524 , que equivale al 0.37 del total de casillas instaladas el pasado 1 de julio.

Durante la sesión de ayer, el Tribunal señaló que en esas casillas se acreditó una o varias de las once causales de nulidad de la votación recibida, establecidas en el artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Electoral, entre los que destacan Recepción de la votación por personas distintas; Permitir sufragar a personas no autorizadas. Error o dolo en el cómputo de los votos; Irregularidades graves plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo, que en forma evidente pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes; Instalación de la casilla en lugar distinto al autorizado por el Consejo Distrital competente y la no apertura del paquete electoral.

Los magistrados también determinaron confirmar los resultados del cómputo distrital en 68 distritos y modificar en 225 distritos.

Aún queda pendiente la resolución del juicio de inconformidad 359, por el que se impugna la validez de toda la elección presidencial, el cual se prevé sea resuelto a más tardar el 31 de agosto. El 6 de septiembre es la fecha límite para que el Tribunal realice el cómputo final, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de presidente electo.

El magistrado Esteban Penagos explicó que es causal de nulidad de la elección presidencial el hecho de que se anule el 25 por ciento de las casillas instaladas, sin embargo, para la jornada electoral 2012 se instalaron 143 mil 435 casillas en todo el país, de manera que el 25 por ciento necesario para que pudiera declararse la nulidad equivaldría a 35 mil 858 casillas.

“La nulidad de la elección, equivaldría a que hubiéramos declarado o exigiría la declaración de nulidad de 35 mil 858 casillas, siendo que en la especie la nulidad que se propone en los proyectos sujetos a discusión sólo representa el 0.4 por ciento del total de las casillas instaladas, ya que únicamente se decreta la nulidad en 524 casillas, cantidad que es completamente menor al 25 por ciento exigido por la ley”.

La magistrada María del Carmen resaltó que lo que se resolvió ayer fueron juicios de inconformidad presentados en contra de los cómputos distritales, ya sea por nulidad de votación recibida en casilla o por error aritmético, pero aún falta resolver el juicio que busca la nulidad de toda la elección presidencial.

Refirió que el Tribunal recibió 378 juicios de inconformidad, de los que ya fueron desechados 27 y uno sobreseído, “y eso nos lleva al dato de los 349 juicios que estamos resolviendo en la sesión del día de hoy, en el fondo, y queda pendiente la resolución del juicio de inconformidad 359, por el que se impugna la validez de toda la elección presidencial.

“Excepto uno, todos los juicios de inconformidad, tanto los que ya se resolvieron como los que se discuten el día de hoy y el que queda pendiente, fueron promovidos por la coalición Movimiento Progresista y los partidos que la integran (PRD, PT, MC)”.

Mencionó que el juicio de inconformidad número 360 fue promovido por el Partido Acción para impugnar los resultados del cómputo del VIII Distrito Electoral Federal en Veracruz con sede en Jalapa.

Los proyectos que se resolvieron ayer, dijo Alanís, corresponden a 293 distritos, esto es, del total de 300 distritos son cuatro que no fueron impugnados y tres que corresponden a juicios de inconformidad que ya fueron desechados.

El magistrado presidente Alejandro Luna Ramos dijo que los 378 juicios de inconformidad involucró a 296 de los 300 distritos electorales.

En proporción con el Proceso Electoral Federal de 2006, abundó el magistrado, el total de casillas objetadas aumentó 43 por ciento.

“Debe de recordarse, además, que en las sentencias interlocutorias dictadas el pasado 3 de agosto, a petición de la coalición actora, se ordenó el nuevo escrutinio y cómputo procedente, exclusivamente, en mil 125 casillas correspondientes a 134 distritos, lo que implicó la modificación de los resultados electorales de diversas casillas e impactó moderadamente el cómputo en los distritos”.

Tras referir que se anularon 524 casillas, de 82 mil 493 impugnadas, Luna Ramos enfatizó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación actúa con celeridad y prontitud, pero siempre con profesionalismo y exhaustividad para garantizar a la ciudadanía certeza en los resultados electorales, “lo cual se traducirá en concordia y tranquilidad , así como en fortaleza para nuestras instituciones”.

Con la resolución de ayer, dijo el magistrado presidente, se terminan las primeras tres fases del proceso electoral, “pasaremos a la etapa final, una vez que hemos depurado los cómputos distritales podremos proceder al cómputo final, y en último término, a la calificación de la elección presidencial. Tengan la seguridad que en el trayecto que falta por recorrer, esta Sala Superior, como lo ha hecho a lo largo del proceso, seguirá actuando de manera transparente, responsable y sin presiones de ningún tipo”.

Por su parte, el magistrado Manuel González Oropeza expresó que “no fuimos, de ninguna manera, superficiales en la revisión de estas irregularidades” manifestadas por el Movimiento Progresista. Fue, dijo González Oropeza, una verificación exhaustiva.

Mencionó que la coalición Movimiento Progresista “nos pedía que anuláramos la votación de la casilla porque no se había accedido al recuento en el distrito, o en ocasiones, se quería que hubiera un recuento sobre el recuento y que, por eso, como no se había otorgado, se anulara esa votación.

“La verdad es que no se puede acceder a este tipo de peticiones, porque, si lo hiciéramos, nosotros incurriríamos en una a la ley; la ley determina claramente los supuestos para el recuento, el voto no puede ser manipulado, no pueden ser sencillamente los paquetes electorales abiertos cada vez que se desee, sino que debe de una petición fundada y motivada para hacerlo

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